La agrimensura tradicional entra en conflicto con la fotogrametría hecha desde drones

Tradicionalmente la fotogrametría aérea siempre fue un lugar muy exclusivo en el que solo participaban grandes empresas y entidades gubernamentales que se podían dar el lujo de tener aeronaves, pilotos, navegantes, operarios de la cámara y mucho espacio de bienes raíces para los gigantescos restituidores analógicos de antaño.


A mediados de los 2010 aparecieron en el mercado los drones con cámaras de alta resolución y empresas de computación lanzaron programas de restitución digital a precios accesibles. Lo que sucedió después fue una consecuencia lógica de la democratización de cualquier profesión, empezaron a surgir pequeñas empresas y hasta individuos a título personal, que empezaron a volar y tomar fotos y convertirlas en mapas.


Ahora la pregunta es ¿son estos mapas documentos legales? La agrimensura o topografía, como es conocida en muchos países de habla hispana, es una profesión altamente regulada y en muchos casos requiere estudios y una certificación gremial que acredite al titular como un profesional licenciado.


Esto permite que los profesionales de la topografía puedan firmar planos que delimitan parcelas y que, por definición, establecen los linderos legales de dicha propiedad, asignando valores catastrales y estableciendo costo de la tierra. Esto es una responsabilidad que va más allá de la generación de un mapa, es una actividad de tipo legal.


Hoy en día nos enfrentamos a un caso legal en Carolina del Norte, en los Estados Unidos, en el cual la asociación de ingenieros y topógrafos del estado NCBELS está demandando judicialmente a un dueño de dron, el Sr. Michael Jones, por estar generando mapas sin una licencia de agrimensura de dicha entidad.

Piloto dron demandado por no tener licencia de topógrafo

Imagen cortesía del Institute For Justice, USA.

En mayo de este año, un panel de jueces del estado de Carolina del Norte decidió a favor de la asociación profesional y le prohibió al Sr. Jones que hiciera mapas con su dron. El caso es muy delicado, porque en los EEUU una decisión judicial crea precedente y eso significa que de ahora en adelante todos los litigios que se presenten de asociaciones de agrimensores demandando a pilotos de drones, serán regidos por este caso.

El Sr. Jones alega que la NCBELS está violando su libertad de expresión y una organización judicial conocida como Instituto de Justicia no solo concuerda con él, sino que se han convertido en sus abogados en la causa contra la organización profesional de Carolina del Norte.


“La decisión del tribunal de hoy inyecta incertidumbre en una cuestión básica de la ley que rige la libertad de expresión: ¿Cómo determinamos cuándo un discurso es libre expresión?” dijo el abogado de IJ, James Knight. “El fallo de hoy dice que el estado puede penalizar el compartir ciertos tipos de fotografías sin una licencia emitida por el gobierno. Y lo hace basándose en la teoría de que tal ley de alguna manera no regula la libertad de expresión. La sentencia tiene graves errores: las fotografías son, por definición, un modo de expresión”.


Ahora el Sr. Jones y la IJ se preparan a llevar a la suprema corte de los Estados Unidos, el caso contra NCBELS, en una contrademanda en un esfuerzo por clarificar si la toma de fotografías aéreas y su conversión a un producto cartográfico es libertad de expresión o pertenece a la lista de productos y servicios que deben ser llevados a cabo por un profesional licenciado.


Aparte del tema legal y de sus implicaciones para el futuro, entremos a analizar las razones que uno y otro lado esgrimen en defensa de sus argumentos. Yo, que soy ingeniero geodesta y tuve que estudiar cinco años de matemática esférica para poder graduarme y registrarme en el colegio de ingenieros, pienso que ciertos aspectos de la profesión de agrimensura deben ser regulados, mientras que otros no. Delimitar una parcela de forma que se genere un documento legal que defina el área exacta y por ende el costo de la tierra por metro cuadrado en esa zona, debe ser llevado a cabo por un graduado que tenga estudios y una licencia que lo autorice a firmar un plano legal y que genere una responsabilidad profesional supervisada por una entidad autónoma.


Por otro lado, hacer un ortofotomosaico de una propiedad sin entrar en detalles de cuales son los linderos legales, no debería ser necesariamente ejecutado por un profesional licenciado

demantan piloto drones fotogrametría

Imagen cortesía del Institute For Justice, USA.

Tal vez la solución sea listar todos los productos cartográficos existentes y definir, uno por uno, cuales deben ser ejecutados por un profesional licenciado y cuales no requieren un certificado. La otra solución sería colocar una pequeña etiqueta en cada producto cartográfico generado por pilotos, no topógrafos, donde se aclara que no se trata de un documento legal ni oficial y que no se puede utilizar para aclarar disputas ni solventar litigios.


Cualquiera que sea la solución a la que lleguemos en un futuro cercano, lo que si nos queda claro es que esta diferencia de opinión que se está presentando en Estados Unidos, por el hecho de ser una jurisdicción propensa al litigio, llegará a todos los confines de la tierra, donde drones han creado una solución de bajo costo que, si le agregamos la exigencia de una licenciatura, colocaría los precios del producto final a otro nivel muy diferente.


Confiamos en que cada país llegará a una solución que se adapte al marco legal de cada jurisdicción, pero en el ínterin podemos abrir un dialogo entre los profesionales de la agrimensura y los pilotos de drones para empezar a preparar el camino a una convivencia de ambos en el marco de la legalidad.

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  • Droning dice:

    Es innegable que la irrupción de los drones con cámaras de alta resolución y la accesibilidad a programas de restitución digital ha democratizado el campo de la fotogrametría aérea, permitiendo que muchos más actores participen en esta actividad. Sin embargo, la cuestión de la legalidad de los mapas generados por estos drones plantea un debate pertinente. Mientras que la agrimensura profesional, regulada por licencias y certificaciones gremiales, tiene la responsabilidad crítica de definir linderos legales y valores catastrales de propiedades, la creación de ortofotomosaicos sin intenciones legales podría no requerir tal regulación estricta. Una posible solución intermedia sería definir claramente qué productos cartográficos deben ser realizados por profesionales licenciados y cuáles pueden ser generados por pilotos de drones sin esta exigencia, siempre indicando en los productos no oficiales su carácter no legal. Este enfoque colaborativo podría garantizar la convivencia ordenada entre profesionales tradicionales y nuevos participantes, beneficiando así a la sociedad con soluciones de bajo coste sin comprometer la seguridad y legalidad de las actividades topográficas oficiales.

  • Juan dice:

    Parecería que estamos totalmente de acuerdo. Muchas gracias por tus comentarios.

  • Piratastur dice:

    Soy I.T. en Topografía y piloto de drones, y creo que este tema está fuera de toda duda razonable.
    Nunca hay que olvidar la diferencia entre “instrumentos”, “conocimientos” y “competencias”.
    Un dron no es más que un instrumento, al igual que lo es un bisturí, un tomo de la Constitución, o un software de cálculo de estructuras. Saber emplear esos instrumentos no te convierte ni en topógrafo, ni en cirujano, ni en abogado, ni en calculista de estructuras. Para poder emplearlos con garantías debes de tener unos conocimientos aparejados, y para poder emplear esos instrumentos y conocimientos de forma profesional, debes de tener la titulación que la ley EXIGE para ejercer esas profesiones.
    No es necesario catalogar los productos que alguien puede o no puede hacer PROFESIONALMENTE, la ley ya lo hizo hace muchos años.
    Otra cosa es que alguien por hobby realice una de esas actividades y la ponga a disposición pública de forma gratuita y jamás usurpando o dejando entrever que se han hecho con una titulación de la que no se dispone, lo cual está perfectamente definido y penado como INTRUSISMO LABORAL.

    Como anécdota comentaré que hace unos años, cuando los GPS y el Google Earth llegó a los móviles, mucha gente inundó las gerencias de Catastro con “mapas” de fincas con coordenadas erróneas o muy imprecisas. Es lo que pasa cuando sin conocimientos pero con un instrumento aparentemente válido, uno pretende hacer algo sin saber nada acerca de las precisiones de los métodos de posicionamiento, las proyecciones cartográficas o los sistemas de coordenadas.

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